201906.14
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Protección de Datos multa a LaLiga con 250.000 euros por «espiar» a los usuarios a través de su aplicación

El servicio del campeonato de fútbol incluye una función para acceder al micrófono y la geolocalización de los usuarios con el fin de detectar piratería en bares y restaurantes.

La polémica saltó hace justo un año. Y se montó un gran revuelo, aunque su impacto se fue diluyendo en el tiempo. Ahora, ha tenido consecuencias importantes. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a La Liga de Fútbol Profesional con 250.000 euros por vulnerar el principio de transparencia a través de su aplicación oficial. Un servicio del que se descubrió que accedía sin consentimiento expreso al micrófono y la geolocalización de sus usuarios para detectar emisiones fraudulentas y combatir la piratería en los bares y locales donde se emitían partidos de fútbol.

En una sanción sin precedentes, el organismo regulador español establece que la «app» debe ser retirada de las tiendas virtuales o modificar los apartados que vulneran la normativa vigente. Todavía no se ha hecho pública la resolución, pero según el artículo 7.3 del Reglamento General de Protección de Datos, se establece «el derecho del interesado a retirar su consentimiento en cualquier momento» y «la retirada del consentimiento no afectará a la licitud del tratamiento basada en el consentimiento previo a su retirada».

Además de ofrecer resultados e información de interés de la competición de fútbol, el servicio «escucha» de manera remota a través del sistema de audio de los terminales. Es una medida diseñada, teóricamente, para dirimir si la retransmisión se está realizando a través de un domicilio privado o un establecimiento público, un bar o local de ocio. Algo importante a tener presente dado que estos últimos contemplan otras tarifas especiales.

Impugnará la resolución

LaLiga, organismo encargado de la organización de la principal competición de fútbol de España, ha calificado de «injusta» la sanción impuesta al entender que la AEPD «no ha realizado el esfuerzo necesario para entender cómo funciona la tecnología». Además, ha anunciado a través de un comunicado enviado a ABC que va a impugnar judicialmente la resolución con el objetivo de «demostrar que su actuación ha sido en todo momento conforme a derecho y responsable». Pese a todo, se compromete a que a partir del 30 de junio desactivará la función que accede al micrófono de los teléfonos móviles al finalizar la presente temporada.

«Esta tecnología se implementó para alcanzar un fin legítimo, que es cumplir con la obligación de LaLiga de velar por la preservación de las condiciones de comercialización y explotación de los derechos audiovisuales», señalan fuentes del organización del campeonato. En sus alegaciones, LaLiga ha defendido que la tecnología utilizada está «diseñada para generar exclusivamente una huella de sonido concreta» pero «solo contiene el 0,75% de la información, desechando el 99,25% restante, por lo que es técnicamente imposible interpretar la voz o conversaciones humanas». Desde el organismo consideran que la aplicación, pese a las dudas, «no permite que LaLiga pueda conocer el contenido de ninguna conversación ni identificar a sus potenciales hablantes».

Falta de consentimiento

En opinión de los expertos, la decisión de la AEPD parece bien fundamentada dados los problemas existentes en el sistema escogido por la Liga. «Aunque únicamente generen una huella de audio, al final tenemos un tratamiento de datos tanto en lo que es la grabación en el dispositivo como en la geolocalización del local en que se ha producido la grabación», valora para este diario Sergio Carrasco, jurista digital de Fase Consulting. «El consentimiento del titular del terminal móvil no sirve para todo, especialmente con un alcance tan amplio como es el que al final se ha realizado», añade.

Fuente: www.abc.es